Anulación de matrícula

Orden 20 de abril de 2012, artículo 33. «En ningún caso, la anulación de matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas».

1. ¿HASTA CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR LA ANULACIÓN DE MATRÍCULA?

Máximo hasta el 30 de abril del curso académico.

2. ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE APORTAR?

1. La Solicitud de anulación de matrícula (aquí) debidamente cumplimentada.

2. La documentación pertinente que justifique su solicitud de anulación.

3. ¿CÓMO SE PUEDE ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN?

1. En persona en la Secretaría del centro, en horario de atención al público (consultar horario en nuestra web, en la página de inicio, margen derecho arriba).

2. Por correo electrónico, adjuntando los archivos al correo de la escuela: eoihuercal@gmail.com.

3. ¿CUÁNDO ES EFECTIVA LA ANULACIÓN?

La  directora de la escuela, tras analizar la solicitud y la documentación presentada por el/la alumno/a, enviará a la persona solicitante la notificación de estimación o desestimación por correo electrónico. Si se ratifica la anulación, se dejará sin efecto la matrícula para ese curso académico. 

4. ¿QUÉ SUPONE ANULAR MATRÍCULA?

Anular la matrícula de un curso académico supone que esta no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en estas enseñanzas, con lo que no se agotará una convocatoria.

Los límites de permanencia son:

  • Máximo 4 cursos académicos para Nivel Básico A1 y A2.
  • Máximo 2 cursos académicos para Nivel Intermedio B1. 
  • Máximo 4 cursos académicos para Nivel Intermedio B2  (B2.1 y B2.2).
  • Máximo 4 cursos académicos para Nivel Avanzado C1 (C1.1 y C1.2). 

Consultar la normativa oficial acerca de la anulación de matrícula aquí.

Consultar la normativa oficial acerca del límite de permanencia para los diferentes niveles aquí.